LA TERCERA EDICION IMPRESA | viernes 27 de enero de 2012
LA ORGANIZACION PARA la Cooperación y el Desarrollo (Ocde) recomendó abandonar todo mecanismo estatal de protección a los consumidores de combustibles ante alzas bruscas de los precios internacionales. Ante esto, conviene recordar por qué existen.
El primer sistema chileno de protección ante variaciones bruscas de precios fue creado en 1986, estableciendo que el antiguo impuesto específico a los combustibles, creado en 1947, tendría un componente variable que compensaría parcialmente las variaciones en los precios en torno a ciertos valores fijados por ley. Ese sistema expiró en 1988.
El segundo sistema fue creado en 1991 y estableció una banda de +/- 12,5%, aplicada a un promedio móvil de precios pasados y proyectados, combinada con una protección parcial para precios superiores al techo de la banda, de cargo fiscal y según lo establecido en ley. Además, el techo tenía parámetros discrecionales. Transmitir al público la alta variabilidad del precio de esta fuente de energía -mayor que en otras- tiene ventajas, y ellas subsisten gracias a que la banda es ancha.
Aduciendo un uso discrecional durante la campaña de 1999, una reforma en 2000 redujo la protección automática. Pero eso mismo estimuló la protección discrecional. Así, el 21 de mayo de 2005, el Presidente Lagos anunció que los precios mayoristas en pesos no excederían un nivel que él mismo fijó, a costa del patrimonio de Enap y sin mediar ley.
En 2006, el Congreso reinstaló una protección automática creando Fepco, que fue una banda de +/-5% de cargo fiscal, de nuevo con parámetros discrecionales. En la gran alza de 2008, el sistema político estimó que las protecciones automática y discrecional combinadas eran insuficientes e insertó transitoriamente un descuento variable para el impuesto específico a la gasolina.
En 2011, tras la expiración de Fepco, el Congreso aprobó el actual Sipco. Este da una protección automática similar a la de 1991-2000, con ancho de banda de +/-12,5%, pero el margen para la discreción es menor. Para aumentar sustancialmente la protección automática también aprobó el Sepco, aún no aplicado, pero cuyos estudios de base avanzan. El Sepco permitirá alargar el promedio móvil de precios hasta 18 meses.
¿Por qué no eliminar estas protecciones semiautomáticas? Porque la discreción desnuda de los gobiernos puede ser peor. Cuando existe una empresa con fuerte poder sobre los precios de productos sensibles para muchos votantes, algunos temerán que el Estado intervenga discrecionalmente sus precios, incluso que la estatice. En cambio, si existe protección automática para las alzas, esa tendencia sería mitigada.
Por su lado, la Ocde recomienda a Chile derogar esta institucionalidad. Debe lamentarse que el informe Ocde no dé antecedentes para justificar su recomendación. Sus autores tampoco han presentado análisis nuevos, ni datos, ni bibliografía que compare los costos y los beneficios de una capa de protección automática. Países como Colombia y Perú han estimado que una institucionalidad que regule las emergencias de precio es superior al uso desnudo de la discrecionalidad y han creado variantes de los sistemas chilenos recién descritos.