martes 14 de septiembre de 2010
Con respaldo de Tribunales, Piñera ordenó suministrar alimentos a quienes presenten riesgo vital.
Ante la negativa de los comuneros a deponer su huelga de hambre tras la reforma a la ley antiterrorista impulsada por La Moneda -aprobada el domingo por la Comisión de Constitución del Senado-, el gobierno prepara un plan de acción para la alimentación intravenosa forzada de cualquiera de los 34 mapuches que permanecen en ayuno, desde hace 65 días, en las cárceles de Temuco, Concepción, Angol, Lebu, Cholchol y Valdivia, y que presenten signos críticos o de riesgo vital.
La huelga se radicalizó en las últimas horas con la entrada en régimen "seco" -sin ingerir líquidos- de los 10 presos de Angol, según señaló ayer el vocero de ese penal, Jorge Huenchullán, advirtiendo que podrían sumarse más huelguistas. A ello se agrega el riesgo de que algunos de los comuneros continúen autoinfiriéndose heridas, lo que tensó la posición del gobierno. Por ello, el Presidente Sebastián Piñera mandató al ministro de Salud, Jaime Mañalich, para que disponga el traslado al centro asistencial más cercano de los comuneros que muestren la más mínima descompensación o estado de cuidado, amparándose en los fallos de las Cortes de Apelaciones de Temuco, Concepción y Valdivia, que acogieron a fines de agosto los recursos de protección presentados por los directores regionales de Gendarmería. En caso de riesgo vital, la orden médica es alimentarlos a través de suero, incluso contra su voluntad.
Diversas apelaciones a los fallos presentadas en las últimas horas por las familias de los huelguistas podrían complicar la situación, pero el gobierno confía en que tal gestión no será acogida por la justicia, por cuanto atenta contra las vidas de los mismos mapuches. El propio Piñera comunicó a los parlamentarios de oposición su tranquilidad de que las sentencias evitarán cualquier desenlace fatal. Según fuentes del gobierno, fuera de los 6 que se encuentran hospitalizados, los restantes 28 no presentarían mayor riesgo.
El ministro Mañalich, durante su visita del viernes al sur del país, instruyó a los directores de los servicios de salud de las zonas en conflicto para que deriven a los hospitales a los comuneros en peligro y preparó los servicios asistenciales para esta eventualidad. Junto con ello, Gendarmería elabora diariamente un informe médico con el estado de los huelguistas, el cual es analizado por el Ministerio de Salud y sus respectivas reparticiones regionales.
En la Concertación, la gran mayoría no discutirá el accionar del gobierno si es que éste opta por esta fórmula en caso de extrema gravedad. Así lo ha señalado el timonel del Partido Radical, José Antonio Gómez. Según fuentes del PS, su presidente, Osvaldo Andrade, tampoco se cerraría a la posibilidad de acabar con el ayuno por vía intravenosa.
La alimentación forzada, sin embargo, es rechazada por distintas agrupaciones de Derechos Humanos, como Amnistía Internacional (AI), donde señalan que un acto de este tipo puede ser considerado una forma de tortura.
La declaración de Malta de la Asamblea Médica Mundial, en 1991, coincide con esta postura. "No se debe obligar a las personas en huelga de hambre a ser tratadas si lo rechazan. La alimentación forzada contra un rechazo informado y voluntario es injustificable", estableció el escrito.
A su juicio, ¿sería legítimo que el gobierno alimente forzadamente a los huelguistas?
No hay una unanimidad al respecto, pero sí una posición mayoritaria en el derecho internacional que nosotros compartimos. Ningún gobierno puede obligar ni forzar a alimentarse a una persona en huelga de hambre, cualquiera sea la motivación de ésta y aun tratándose de alguien en prisión. Una alimentación forzada vulnera la autonomía y dignidad de la persona. Cualquier gobierno que incurra en una práctica de esa naturaleza violaría la integridad corporal de la persona y el trato se consideraría como degradante.
¿Hay excepciones?
Sólo si existen evidencias de que la persona en huelga no haya tomado su decisión en conciencia, debidamente informada de las consecuencias y riesgos para su salud y sin plena libertad. Unicamente en ese caso sería válida la intervención de la autoridad. Entiendo perfectamente que un gobierno pueda preocuparse por una situación así y decir que no va a permitir que en prisión se muera un recluso. Pero si la persona está plenamente consciente de su decisión y actúa con total libertad, no se le puede someter por la fuerza. Atenta no sólo contra el ejercicio de la autodeterminación, sino también contra la dignidad humana.
¿Y si el huelguista entra en un estado de inconsciencia?
Puede resultar muy duro y triste, pero la huelga de hambre puede tener esas consecuencias. La persona que ha tomado la decisión de hacer una huelga de hambre ha tomado una determinación radical, que eventualmente implica una agonía.
¿Qué puede hacer el gobierno entonces?
La autoridad no puede estar amenazando con que los va a forzar a comer. La autoridad tiene que estar vigilante, ofreciendo atención médica, proporcionándoles toda la información, ojalá uno por uno, para que entiendan los riesgos asociados y puedan decidir con libertad y autonomía.
¿Y si el gobierno vulnera este principio?
Generaría controversia internacional. Por dramática que sea la situación, la autoridad está en la obligación de respetar la decisión de la persona.