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LA TERCERA | EDICIÓN martes 13 de abril de 2010 | PAG: 4

Un impuesto necesario


por Juan Villarzú, ex presidente ejecutivo de Codelco, ex ministro y máster en Economía

Hacer frente a la emergencia, reconstruir la infraestructura pública y garantizar un mínimo de calidad de vida y oportunidades de progreso a los miles de damnificados requerirá de un gran esfuerzo de gestión y financiamiento. El gobierno está evaluando diversas alternativas de financiamiento, entre ellas, un aumento de la tributación. Este es, sin duda, un tema sensible, en particular para una administración de centroderecha y, como era de esperar, ha suscitado polémica incluso al interior de La Moneda.
Subir el impuesto especial a la minería -mal llamado royalty- fue una de las alternativas exploradas.  Sin embargo, después de un corto debate, ha sido descartada sin más trámite por la propia autoridad.
Ello, en circunstancias que la minería en general y la del cobre y el oro en particular, están y seguirán generando utilidades extraordinarias. Estas ganancias se explican  íntegramente por los altos precios de los metales, situación que los especialistas anticipan se mantendrá por largo tiempo.  Vale decir, las empresas de la gran minería  están y seguirán obteniendo utilidades muy por encima de las que proyectaron cuando tomaron la decisión de invertir en Chile.  Es evidente que, al menos, parte de esa bonanza extraordinaria deberían compartirla con el país, aun en el evento de  que no hubiéremos tenido que afrontar las consecuencias del terremoto y maremoto. Con mayor razón si esa es la situación.
Creo que intentar modificar el royalty para captar una mayor parte de la renta económica que está y seguirá generando la minería sería un error. Pero ello no es excusa para desentenderse de una situación a todas luces injusta y privar al  país de recursos que necesita.
Propongo corregir esta anomalía modificando el impuesto a la renta de las empresas (impuesto de primera categoría) como sigue. Primero, diferenciando la tasa  base a aplicarse a las pymes y al resto, fijándolas  en 10%  y 20%, respectivamente; segundo, estableciendo un impuesto a las utilidades extraordinarias de todas las empresas, excepción hecha de las pymes y definiendo utilidades extraordinarias  como la operacional (después de depreciación) que  exceda del 30% de los ingresos por venta.
Tercero, fijando una tasa marginal del 30%  para cuando las  utilidades extraordinarias se sitúen entre el 30,1%  y el 40% de la venta, tasa que sería del 40% y del 50% cuando las utilidades extraordinarias se sitúen entre el 40,1% y el 50%  y por encima del 50% de los ingresos por ventas, respectivamente. Cuarto, eliminando el impuesto especial a la minería.
El nuevo régimen de tributación sólo diferenciaría entre las pymes y el resto de las empresas. Todas las compañías quedarían afectas a la tasa base ( 10% y 20%) y en el caso de las no pyme pagarían, además, sólo cuando generen utilidades extraordinarias, el impuesto progresivo a éstas. Son muy pocas las empresas que "normalmente" generan márgenes operacionales de 30% o más; lo más probable es que se trate sólo de empresas mineras.
Al  disminuir la carga tributaria a las pymes y al vincularla, en el caso del resto de las empresas, a la generación de utilidades extraordinarias, se mejoraría la equidad del sistema y se potenciaría la capacidad de creación de valor a partir de nuestros recursos naturales.
La modificación al impuesto de primera categoría propuesta permitiría, en el corto plazo, allegar nuevos fondos al financiamiento de la reconstrucción y, en largo y mediano plazo, fortalecería la capacidad de crecimiento de la economía nacional.


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